Estimado amigo:
Queremos recordarte que la obligación de hacer una COMUNICACIÓN DATOS, para los trabajadores pertenecientes al RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS, establecida en el RD 504/2022 finaliza el PRÓXIMO 31 DE OCTUBRE.
La comunicación se hará cuando se de alguna de las siguientes condiciones:
- Que ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero o administración, o presenten otros servicios para una sociedad de capital, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa, siempre que posean el control efectivo, directo o indirecto de aquella.
- Que sean socio industriales de sociedades regulares colectivas y de sociedades comanditarias.
- Que sean comuneros de comunidades de bienes o socios de sociedades civiles irregulares, salvo que su actividad se limite a la mera administración de los bienes puestos en común.
- Que sean socios trabajadores de sociedades laborales, cuando su participación en el capital social junto con la de su cónyuge y parientes por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el segundo grado con los que convivan, alcance, al menos, el 50 por ciento, salvo que acrediten que el ejercicio del control efectivo de la sociedad requiere el concurso de personas ajenas a las relaciones familiares.
- Que sean socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado.
En cualquiera de las anteriores situaciones, se deberá comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social los siguientes datos:
- Razón social y número de identificación fiscal de las sociedades o comunidades de bienes de las que formen parte.
- Desempeño del cargo de consejero o administrador o presentación de otros servicios para la sociedad.
- Porcentaje de participación en el capital social, en el caso de que se encuentre en los supuestos 1 o 4 indicados anteriormente.
La comunicación de los datos indicados podrá ser realizada de las siguientes formas:
- En el caso de que se disponga de un representante que tenga la condición de Autorizado al Sistema RED, éste podrá realizar la comunicación. No obstante, la comunicación de los datos referidos tendrá que realizarse en todo caso por el Autorizado RED en el supuesto de que la sociedad o comunidad de bienes tenga ya asignado un Código Cuenta de Cotización.
- En otro supuesto, la comunicación de los datos se podrá realizar a través del nuevo servicio “Empresario Colectivo. Identificación de Empresa. Asignación CCC inicial” que está disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, ubicado en “Empresas – Afiliación, Inscripción y Modificaciones”.
Para cualquier duda al respecto, puedes contactar con la Tesorería General de la Seguridad Social a través de los teléfonos 901 502 050 y 915 410 291.